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lunes, 20 de enero de 2014

Condenado por decir a su novia en su vivienda de Cehegín que quería verla ´en una caja de madera´


EFE

El hombre se enfadó porque ella se había llevado al bebé que tienen de paseo con una amiga

La Audiencia Provincial de Murcia ha desestimado el recurso presentado por un hombre contra la sentencia de un Juzgado de lo Penal que lo condenó a sesenta días de trabajos en beneficio de la comunidad como autor de un delito de amenazas en el ámbito familiar por decir a su pareja que quería verla "en una caja de madera".

La sentencia señala que los hechos se produjeron en la vivienda de Cehegín donde ambos residente, en el transcurso de una discusión iniciada por el malestar que tenía el acusado por su pareja había salido con una amiga y con el bebé de ambos, de pocos meses.

Tras esta primera discusión, en la que rompió varios enseres del domicilio, el acusado protagonizó un nuevo incidente cuando comenzó a gritar y rompió los cristales de una ventana al impedirle su compañera el acceso a la casa.

En su recurso, el acusado alegó que su intención al tratar de entrar en la vivienda no era otra que la de cambiarse de ropa para asistir a una misa por su madre.

Asimismo, expuso que su descontento con su pareja por la salida con una amiga era porque se había llevado con ella al bebé, lo que consideraba inapropiado debido a la corta edad de éste.

Al desestimar el recurso, la sala considera acreditado el delito de amenazas por el que fue condenado, ya que su actitud infundió un temor real a su compañera.

En cuanto a la salida nocturna con una amiga y con el niño, el tribunal dice que no se ha probado que ello perjudicara al menor ni que estuviera desatendido.

martes, 16 de julio de 2013

La Audiencia Provincial condena a un hombre por abusar de una vecina con retraso mental en Cehegín



EFE

La Audiencia Provincial de Murcia ha dicho en la sentencia que condena a un hombre por abusar de una vecina que no es creíble, como asegura, que ignorara que esta sufre un retraso mental "por la vecindad y porque su experiencia biográfica y profesional no se ha visto limitada a un cerrado entorno rural".

Así, añade la sentencia, que tiene como ponente al magistrado Abdón Díaz Suárez, "el acusado admitió espontáneamente que desarrolló su oficio de conductor de autobuses en un ámbito tan enriquecedor y cosmopolita como el que presta la ciudad de Mallorca".

Los hechos probados recogidos en la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, indican que éstos ocurrieron en Cehegín (Murcia) el 3 de agosto de 2007, cuando el acusado se encontró en una calle próxima a su domicilio, hacia las 18:00 horas, con la chica, que tenía 16 años edad, que jugaba con un hermano de siete años.

Acto seguido, los invitó a que subieran a su coche, lo que los niños hicieron, trasladándolos hacia un lugar apartado, donde estacionó el coche y accedió con la menor a un almacén, mientras que su hermano quedaba en el vehículo.

Una vez en el lugar, tuvo acceso carnal con ella, añade la sentencia, "sin que conste violencia o sugestión intimidatoria".

"Sobre la una de la madrugada del ya 4 de agosto, el procesado regresaba con ellos a Cehegín, cuando la familia de los menores, alarmada, había denunciado su desaparición".

La sala, al fijar la condena, señala que opta por imponer una pena de multa "en atención a la edad provecta del acusado -68 años- y a la propia naturaleza de los hechos", concretándola en 18 meses, con una cuota diaria de tres euros.

Igualmente, no podrá acercarse a menos de 200 metros de la chica por tiempo de seis meses.